Simulador Norma TH.050 RNE: Test en Riberas y Laderas


Simulacro práctico – Reglamento nacional de edificaciones

Simulador de Examen: Norma TH.050

Entrena tus conocimientos en Habilitaciones en Riberas y Laderas con preguntas de casuística, plazos, competencias y tipos de obra nivel CGR.

1. Un concejo municipal provincial aprueba una ordenanza que redefine y reduce los límites de la faja ribereña intangible de un río navegable para permitir la parcelación privada de lotes de recreación. Desde la perspectiva de las competencias fijadas en el Artículo 3 de la Norma TH.050, dicha actuación municipal resulta:

2. De acuerdo con el Artículo 6 de la Norma TH.050, si al momento de ejecutar una habilitación en riberas no existe una red pública de desagüe en el sector, ¿qué obligación técnica ineludible asume el proyecto?

3. Conforme al Artículo 7 de la Norma TH.050, ¿qué criterio urbanístico condiciona la elección del tipo de obras (A al D) en las habilitaciones en riberas?

4. Durante un examen especial a una comuna distrital, la CGR advierte que la Gerencia de Obras Privadas distrital emitió una ordenanza definiendo y reduciendo las fajas de seguridad por huaicos en laderas para habilitar nuevos asentamientos. Desde la legalidad técnica del Artículo 8 de la Norma TH.050, este acto es:

5. En una habilitación en laderas calificada como de Tipo A según el Artículo 10, la empresa constructora concluye las obras ejecutando pistas y veredas de concreto simple, redes de agua, desagüe y electricidad, pero omite la infraestructura de telefonía domiciliaria alegando que solo colocará una cabina pública. ¿Cuál es la observación técnica aplicable?


Claves Normativas Evaluadas en este Simulacro

Repasa los artículos clave de la Norma Técnica TH.050 para dominar cada intento:

🌊 Habilitaciones en Riberas

  • Ámbito (Art. 1): Terrenos colindantes a franjas reservadas de ríos, playas o lagos.
  • Faja Ribereña (Art. 3): Fijada exclusivamente por el Ministerio de Agricultura (MINAGRI) para uso público.
  • Accesos (Art. 4): Vías públicas a no más de 300 metros entre sí.

⛰️ Habilitaciones en Laderas

  • Pendiente Exigida (Art. 2): Terrenos con pendientes mayores a 20%.
  • Áreas Vulnerables (Art. 8): Delimitadas por Municipalidades Provinciales (suelo no urbanizable).
  • Accesibilidad (Art. 9): Vías de acceso público distanciadas a no más de 300 metros.

🏗️ Calidad de Obras (A al D)

  • Tipo A: Pistas y veredas de concreto simple + teléfono público y domiciliario.
  • Tipo B: Pistas de asfalto y veredas de concreto + teléfono público y domiciliario.
  • Tipo C: Pistas y veredas de asfalto (con sardinel) + teléfono público.
  • Tipo D: Suelo estabilizado integral + teléfono público.

🚰 Saneamiento y Sección Vial

  • Desagüe en Laderas (Art. 11): Evacuación obligatoria por gravedad e inclusión de red de drenaje.
  • Pozos Sépticos y Cisternas (Art. 6): Excepción temporal exclusiva para playas (vivienda vacacional).
  • Vías Locales (Art. 12): Frente a lotes: vereda + berma. Tramos sin lotes: vereda a un lado y berma al otro.
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